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CONTRATACIÓN PÚBLICA

La regularización de la DIP

El reconocimiento y regulación de la Dirección Integrada de Proyecto en España ha dado su primer paso. En Abril de 2004, la Administración Pública ha dado a conocer el Informe y conclusiones de la Comisión de Expertos para el estudio y diagnóstico de la situación de la contratación pública.

Los expertos trabajaron durante casi un año con el objetivo primordial de establecer aquellos aspectos de la Ley de Contratos de las Administraciones que merecen ser modificados y de las nuevas figuras de vanguardia que necesitan incorporarse para mantener actualizada la legislación nacional.

Los "procesos de contratación pública se inscriben en el marco que determinan las Directivas comunitarias. La necesaria transposición de la nueva Directiva comunitaria de coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos de obras, de suministros y de servicios obligará a una nueva reforma de nuestra legislación" para alcanzar dos objetivos:

  1. La creación de condiciones de concurrencia para la adjudicación no discriminatoria de los contratos, fomentado la competencia.
  2. La asignación racional de los fondos públicos seleccionando la mejor oferta, mediante procedimientos lo más sencillos y económicos posibles.

La Comisión de Expertos estuvo presidida por el Sr. Subsecretario de Hacienda e integrada por las siguientes personalidades e instituciones

  • D. Gaspar Ariño Ortiz, Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid
  • D. Luis Cases Pallarés, Profesor de la Universidad Autónoma de Barcelona
  • D. Antonio Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz, Catedrático de la Universidad de Jaén
  • Federación Española de Municipios y Provincias
  • Dirección General de Patrimonio del Estado
  • Dirección General de Política Económica
  • CNC, Confederación Nacional de la Construcción
  • Asociación Nacional de Constructores
  • ANCI, Asociación Nacional de Constructores Independientes
  • SEOPAN, Asociación de Empresas Constructoras de Ámbito Nacional
  • TECNIBERIA ASINCE, Asociación Española de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos
  • Asociación de Empresas de Tecnologías de la Información
  • Instituto de Estudios Fiscales
  • Ministerio de Hacienda
  • Ministerio de Economía

CAPITULO V. Contrato de la Administración Pública

Una de las novedades del documento es la gestión o dirección integrada de proyecto. La nueva figura ha sido incluida en el Capítulo V cuando trata del Contrato de la Administración Pública, en el título Los contratos de consultoría y asistencia y de servicios.

Los expertos españoles definen "la gestión integrada de proyectos puede definirse como el conjunto de técnicas que concentran las actividades de planificación, organización, dirección y control que se desarrollan en una actuación inversora".

"El ascenso del uso de esta técnica es, en gran parte, debido a la creciente necesidad de optimizar los recursos disponibles así como de conseguir los objetivos prefijados. Son estas circunstancias las que han propiciado la implantación del contrato de gestión integrada de proyectos en los proyectos de construcción".

"Los servicios de gestión integrada de proyectos pudieran ser especialmente aconsejables en procesos inversores que llevan aparejados proyectos complejos (multidisciplinares, con dificultades de control, gestión y coordinación entre diferentes contratistas, así como con exigencias estrictas de cumplimiento de plazos en los que resulta fundamental evitar los riesgos de desviaciones presupuestarias)".

"Las Administraciones Públicas empiezan a reconocer la actividad del project management como un sistema eficaz en los procesos de inversión pública. Resultaría, pues, conveniente que se analizaran las ventajas que representaría la incorporación y regulación de la modalidad de la contratación de servicios de gestión integrada de proyectos".

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